En el marco de las diferentes posturas sobre la adhesión a la Ley GIRSU en la ciudad siderúrgica, la Agencia Medios y Noticias, investigó si la reiterada falta de quorum en el recinto, podría prolongarse por varias semanas más.
Según el reglamento interno del Concejo Deliberante de la ciudad de Palpalá, especificamente en el CAPITULO X - Artículo 98º "Falta de Quorum" dice lo siguiente:
"...En caso de inasistencia reiterada de la mayoría de los concejales, la minoría podrá reunirse en el recinto de las sesiones para acordar los medios de compeler a los insistentes observando los procedimientos previstos en este reglamento (Art 118º y ss)."
Ya en el CAPITULO XV, detalla los articulos 118º y 119º, donde especifica lo que sucedería en caso de repetirse la situación y no se pueda realizar la sesión con normalidad.
CAPITULO XV - Articulo 119º "Procedimiento. Sesión en minoría"
"La minoría observará el siguiente procedimiento. a)- Citar a los inasistentes a concurir a las sesiones siguientes, o las que se ffijen, mencionandolos por su nombre. Estos emplazamientos se notificarasn en el Bloque y los domicilios denunciados, y también por los medios masivos de comunicación social. b)- Cumplido el tramite previsto en el inciso anterior y fracasada nuevamente, los concejales - podrán resolver que se compele a los inasistentes por todos los medios que el Concejo considere oportuno, incluso por medio de la fuerza pública".
Luego de esto, solo queda esperar las medidas que se tomaran en el Concejo durante la semana.